Muchas personas cuando ingresan en un nuevo domicilio se preguntan cuáles son los pasos a seguir para poder dar de alta la luz y empezar a contar con electricidad dentro de sus viviendas.
Es muy importante saber que lo primero que se debe hacer es tomar una decisión en cuanto a la contratación de los servicios de una compañía, comparando y comprobando cuál es la que mejor se adapta a las necesidades y gustos de cada cliente, ya sea el ejemplo de la luz como pueda ser el de internet, el móvil etc. así como la tarifa que se desea adquirir. Para ello sería conveniente realizar una búsqueda y visitar comparadores web que puedan sacar de dudas a los usuarios, de forma que puedan encontrar una compañía con la que ahorrar gastos.
El trámite de darse de alta en una nueva vivienda es muy habitual, en especial cuando la obra de la misma es tan reciente que nunca ha tenido a nadie viviendo allí. Esto querrá decir que, por supuesto, el domicilio contará con una instalación eléctrica, pero esta no habrá sido activada y la casa no dispondrá de energía ni tampoco de luz. Este tipo de gestiones también se dan en aquellos hogares donde los propietarios se han dado de baja en el suministro de electricidad, en cuyo caso también habría que contratar una compañía.
Una vez instalados en la vivienda nueva, para dar de alta la luz habrá que decidir la tarifa que se va a adquirir, así como la compañía, como ya se ha mencionado anteriormente.
Los usuarios además de comparar por sí mismos a través de plataformas de interés o de recomendaciones de sus allegados también podrán realizar consultas a los expertos, los cuales les darán todos los consejos que se requieran para poder contratar una compañía que se ajuste mejor a sus necesidades. Una vez se haya elegido, habrá que ponerse en contacto con dicha compañía y disponer de una serie de documentos que serán fundamentales para poder dar de alta la luz y el gas. Entre estos documentos se encontrarán la identificación del titular del contrato (DNI o NIE), el código CUPS, el IBAN, la documentación que acredite la relación con la vivienda, como un contrato de alquiler o unas escrituras, y la potencia eléctrica que se va a necesitar en la vivienda. Este trámite se podrá realizar con las comercializadoras, tanto online como de forma presencial.
Algo por lo que muchos usuarios se preocupan es por el precio de dar de alta la luz en un domicilio.
Es importante saber que todas las compañías van a pedir los mismos datos, por lo que los costes del procedimiento serán los mismos, ya que es algo regulado por la propia ley. Sin embargo, existen diferentes derechos que se deben pagar y cuyo precio puede variar de una compañía a otra.
Estos se cobrarán al recibir la primera factura con el consumo de los meses en los que se haya usado la luz, y se le añadirá el precio total por darse de alta. Los derechos de enganche serán un importe obligatorio cuando se da de alta la luz, o cuando se sube o baja la potencia eléctrica.
La comercializadora lo cobrará, pero los importes se dirigirán directamente a la distribuidora de la zona, que se encargará de que la electricidad llegue a las viviendas. Los derechos de acceso se utilizarán para garantizar que la energía llega al hogar, los cuales son algo más caros que los derechos de enganche. Por último, cabría mencionar los derechos de extensión, donde en caso de que las viviendas tengan activa la luz y no hayan pasado los tres años desde que los propietarios se dieron de baja, no tendrán que pagar nada. Sin embargo, cuando se superan dichos tres años sí habrá que ingresar un precio determinado